CONSEJERÍA DE TURISMO Y COMERCIO
ORDEN de 18 de Abril de 2013, por la que se convocan, para el ejercicio 2013 las subvenciones a conceder por el procedimiento de concurrencia competitiva en materia de Modernización de las Pymes comerciales y mejora de la calidad y la competitividad en el pequeño comercio.
PLAZO DE SOLICITUD: Abierta hasta el 25 de Mayo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN:
Modernización de pequeña y mediana empresa comercial e implantación de sistemas de calidad.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES:
- Renovación y mejora tecnológica de la pequeña y mediana empresa comercial
- Actuaciones derivadas de la implantación y renovación de la norma de calidad de servicios en el pequeño comercio.
- Actuaciones derivadas a garantizar la seguridad en la pequeña y mediana empresa comercial.
- Actuaciones destinadas a la incorporación y e implantación del diseño para la mejora de la imagen del establecimiento.
- La adecuación física del establecimiento destinada a la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas.
- Actuaciones dirigidas a la mejora energética y sostenibilidad.
- La adquisición e instalación de sistemas que posibiliten el reciclado y la eliminación de residuos.
Con posibilidad de reformular las solicitudes y con un máximo de 2 actuaciones permitidas.
REQUISITOS QUE DEBEN REUNIR QUIENES SOLICITEN LA SUBVENCIÓN:
- Ejercer actividad en Andalucía, con establecimiento comercial permanente en dicho territorio antes de la fecha de comienzo de plazo de presentación de solicitudes.
- Estar inscrito, antes de la fecha de comienzo de plazo de presentación de solicitudes de las subvenciones en el Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía. Siempre y cuando la solicitud de inscripción en el Registro haya sido presentada antes del inicio de dicho plazo.
- Que no haya obtenido de la Consejería subvenciones o ayudas para las mismas actuaciones subvencionables en alguno de los ejercicios inmediatamente anteriores al que se solicita.
- Que no haya sido objeto de sanción administrativa en los últimos tres años.
- La actividad principal debe corresponder algunos de los siguientes epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas:
· Agrupación 64 ------- Excluido grupo 646
· Agrupación 65 ------- Excluido grupo 652.1 / 654 / 655 / 656 / 659.1 / 659.3 / 659.7 / 659.8
· Agrupación 66 -------- Excluido 663 / 664 / 665